Convocatoria de Asamblea de Cuentas y Elecciones 2024

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Por medio de la presente ponemos en su conocimiento que el Hermano Mayor ha procedido a convocar Cabildo General de Elecciones para el próximo sábado 15 de junio, debiendo procederse de conformidad con lo establecido en las Normas Diocesanas y en el Anexo VI, relativo al reglamento de elecciones, de los actuales y vigentes Estatutos de la Hermandad. Así pues:

Primero. – Queda expuesto a disposición de todos los hermanos desde el próximo 22 de abril, y durante un plazo máximo de 15 días, en horario habitual de atención al público, el censo de votantes/electores en la secretaría de la hermandad. Las posibles irregularidades que este listado pudiera contener podrán ser impugnadas por los interesados a través de escrito que deberá ser resuelto y comunicado a la mayor brevedad posible. El listado definitivo será elevado a la Delegación episcopal para las Hermandades y Cofradías una vez finalizado su plazo de exposición.

Segundo. – Se constituye la Mesa electoral que queda integrada, de acuerdo con las Normas Diocesanas, por:

  • El Delegado Episcopal para Hermandades y Cofradías o por un representante nombrado por él o la autoridad eclesiástica correspondiente, que actuará de fedatario de las elecciones.
  • Sr Consiliario de la Hermandad.
  • Representante de la Agrupación de Hermandades y Cofradías.
  • Hermano de mayor edad, que actuará como presidente de la mesa.
  • Hermano de menor edad, que, habiendo cumplido los 18 años, actuará como secretario.

De acuerdo con lo dispuesto en el mencionado anexo de los estatutos, no podrán formar parte de la mesa electoral ni el Hermano Mayor saliente ni los miembros de su junta de Gobierno, ni aquellos que no cumplan con los requisitos de votación establecidos en los estatutos.

La Mesa electoral velará en todo momento porque en el proceso electoral se cumpla en lo dispuesto en estos Estatutos, debiendo reunirse cuando sea requerida para ello por cualquiera de sus miembros o por cualquier hermano elector, debiendo resolver motivadamente cualquier queja o reclamación que se le presente. Frente a las decisiones de la Mesa Electoral podrá reclamarse ante la autoridad eclesiástica.

Tercero. – Para poder ser elegido Hermano Mayor es preciso reunir los siguientes requisitos:

  • Haber alcanzado la mayoría de edad civil.
  • Gozar de capacidad para el ejercicio de la responsabilidad que la iglesia requiere de los dirigentes seglares.
  • Residir en un lugar desde donde le sea posible cumplir con el cargo de manera eficaz y efectiva, entendiéndose como suficiente Almería capital y su provincia.
  • Llevar participando en la vida plena de la Hermandad como mínimo tres años con un cumplimiento ejemplar de los Estatutos.
  • No ejercer cargo de dirección de partido político, o de autoridad ejecutiva nacional, autonómica, provincial o municipal en el terreno político.
  • No haber sido sancionado por ningún tipo de falta regulada por el régimen disciplinario de estas reglas, y/o por la autoridad eclesiástica de la diócesis.

Cuarto. – Una vez finalizado el proceso de exposición y validación del censo un mes antes de las elecciones, la Mesa electoral abrirá un plazo de 15 días para la presentación de candidaturas. Teniendo en cuenta las fechas y plazos indicados anteriormente, este se fija desde el 16 de mayo hasta el 30 del mismo mes.

Las candidaturas deberán ser presentadas al secretario mediante escrito por el propio candidato en la sede de la Hermandad, debiendo indicar de forma obligatoria el nombre de todos los miembros que hayan de acompañarle en la Junta de Gobierno con sus correspondientes cargos, o al menos de las personas que van a desempeñar los cargos de teniente de hermano mayor, fiscal, secretario, tesorero, prioste, diputado mayor de gobierno, diputado de culto y formación y diputado de caridad.

En el momento de la presentación, el secretario deberá comprobar que el candidato, así como el resto de miembros de la Junta de Gobierno, reúnen las condiciones exigidas por los Estatutos para poder optar al cargo. Realizada la comprobación en sentido positivo se sellará, firmará y fechará, y se hará copia de la misma si así lo solicitara el interesado, haciéndose exposición pública de la candidatura. En el caso de no cumplirse alguno de los requisitos exigidos, el secretario devolverá la candidatura, haciendo constar en ella, si así lo requiere la parte interesada, las normas incumplidas.

Estas candidaturas no tendrán el carácter de oficial hasta que la Mesa electoral las proclame el 31 de mayo, contando con la firma del Consiliario de la Hermandad. Estas candidaturas serán las elegibles en las elecciones que tendrán lugar 15 días después de la finalización del plazo de presentación.

Los candidatos, en caso de considerarlo oportuno, podrán presentar alegaciones ante la Mesa electoral en el plazo de 5 días hábiles desde que se acuse recibo de la proclamación de candidaturas.

Quinto. – El Hermano mayor y su Junta de Gobierno, una vez convocado el Cabildo general de elecciones, continuarán ejerciendo sus funciones de manera provisional hasta el nombramiento del nuevo Hermano mayor.

 Cabildo General de Cuentas y Cabildo General de Elecciones

Sirva la presente como citación en tiempo y forma a todos los hermanos que, a la fecha de celebración de las elecciones, sean mayores de edad, tengan tres meses de antigüedad en la   Hermandad   y   estén   al   corriente   en   el   pago   de   sus   cuotas.

Se celebrarán, D.m., en la Casa de Hermandad sita en Calle Cofrade Juan Sánchez de la ciudad de Almería, el sábado día 15 de junio de 2024 a las 17:15 horas en primera convocatoria y 17:30 horas en segunda convocatoria.

Cabildo General de Cuentas – Orden del día:

  1. Lectura y Aprobación, si procede, del acta del cabildo anterior.
  2. Presentación del balance e informe económico correspondiente al periodo comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de mayo de 2024.
  3. Ruegos y preguntas.

Cabildo General de Elecciones – Orden del día:

  1. Presentación de candidaturas.
  2. Votación.
  3. Proclamación de la candidatura elegida.

La mesa electoral estará abierta desde las 18:00 hasta las 20:00 horas.

Las modalidades del ejercicio del derecho al voto, son dos: voto personal y el voto por correo, quedando excluido en todo caso el voto delegado.

El voto personal se ejercitará en el Cabildo general de elecciones, durante el proceso de votación, mediante la introducción de la papeleta normalizada de la candidatura que el hermano elija en la urna instalada a tal efecto. Esta será controlada en todo momento por los miembros de la mesa electoral, que llevarán el listado de hermanos que han ejercido el derecho al voto según censo electoral. En cualquier caso, velarán por la seguridad y limpieza del proceso.

Es válido el voto por correo personal y acreditado con fotocopia adjunta del documento nacional de identidad, que deberá emitirse y ser recibido a lo largo de los 10 días previos a la fecha fijada para las elecciones. Para que sea admitido deberá cumplir los siguientes requisitos:

  • La carta con el voto por correo deberá tener entrada en la sede de la Hermandad al menos 24 horas antes a la celebración del Cabildo general de elecciones.
  • Los envíos quedarán bajo la custodia del secretario de la mesa electoral, que los entregará al presidente de la mesa electoral para que sean introducidos en la urna electoral una vez concluida la emisión de votos presenciales.
  • Con objeto de preservar el secreto del voto, el sobre irá cerrado con una indicación exterior visible que diga <<voto por correo>>, y constar como remitente el hermano votante, con su nombre, apellidos y domicilio.
  • El sobre contendrá en su interior fotocopia del documento nacional de identidad del votante y un sobre blanco cerrado con la correspondiente papeleta oficial de votación.
  • El voto personal anula el voto por correo, si lo hubiera.

Las papeletas oficiales de las distintas candidaturas para ejercer el voto por correo podrán obtenerse por cualquiera de las siguientes vías:

  • Acudiendo a recogerlas presencialmente al despacho de secretaría de la casa de hermandad en el horario habitual de atención al público.
  • Solicitándolas por correo electrónico a la siguiente dirección: secretaria@ santacenadealmeria.org
  • Descargándolas desde la página web de la hermandad: http://www.santacenadealmeria.org

El voto emitido por correo que por cualquier circunstancia no reúna las condiciones establecidas, así como el voto personal que lleve dos o más papeletas dentro del sobre, o cuya papeleta lleve enmiendas o tachaduras, serán considerados nulos. La mesa electoral, en pleno, resolverá cualquier otro caso de duda sobre la validez de los votos.

En cualquier caso, es derecho de los electores presentar impugnaciones a las elecciones realizadas, las cuales deberán tener fundamento jurídico, exponiendo las irregularidades que se hayan cometido en el proceso electoral basadas en lo señalado por las Normas diocesanas o por los Estatutos propios de la Hermandad. Esta impugnación será presentada por escrito con la firma y datos personales del solicitante en el plazo de los 5 días hábiles siguientes a la realización de las elecciones ante la Delegación episcopal, que resolverá en el plazo de un mes a partir de la presentación de dicho escrito.

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